CAPITALIZACIÓN DE BIENES EN LEASING

    Cuando se firman contratos de leasing sometidos a la normativa fiscal correspondiente, los bienes arrendados no pueden incluirse en el balance del arrendatario.

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    Cuando se firman contratos de leasing sometidos a la normativa fiscal correspondiente, los bienes arrendados son asignados al arrendador a efectos económicos, fiscales y jurídicos. El arrendatario no capitaliza estos bienes, sino que permanecen neutrales en el balance.

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