Servicio de Atención al Cliente.

BMW Bank.

BMW Bank GmbH concede importancia fundamental a la calidad del servicio prestado a sus clientes. Por este motivo y para facilitarles la tramitación de las quejas o reclamaciones que pudieran plantearse, pone a su disposición:

Servicio de Atención al Cliente
BMW Bank GmbH, Sucursal en España.
Avda. de Burgos, 118
28050 Madrid
Telf. 902 135670
e-mail: atencion.cliente@bmw.es

Defensor del Cliente
Dª. Blanca García Lasarte
C/ Velázquez, 64-66, 2º P.
28001 Madrid
e-mail: bgarcia@asnef.com

BMW Bank dispone de un plazo de dos meses, a contar desde la presentación de la queja o reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, o en su caso Defensor del Cliente, para emitir un pronunciamiento. El Servicio acusará recibo de su recepción por escrito en el que se hará constar su fecha a efectos del cómputo de dicho plazo. Transcurrido el plazo citado sin que el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Cliente, según proceda, hayan dictado su resolución o, en caso de haberlo hecho se esté disconforme con el pronunciamiento dictado, el reclamante podrá acudir al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios. Para poder formular las quejas ante el citado Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios será necesario previamente agotar la vía del Servicio de Atención al Cliente o, en su caso, del Defensor del Cliente.

Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid


BMW Bank en relación con las operaciones que formaliza se encuentra sometida en materia de transparencia de las operaciones y de protección a la clientela a la siguiente normativa:

* Ley 7/1995, de 23 de marzo, de crédito al consumo.

* Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 1718/2010 de 11 de junio de Regulación Control de la Publicidad de los Servicios y Productos Bancarios.

* Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 734/2004, de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras

* Orden de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información al clientes y publicidad de las entidades de crédito (B.O.E. 19/12/1989).

* Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, con las modificaciones introducidas a través de la Circular del Banco de España 3/2001, de 24 de septiembre, de transparencia de las operaciones y protección de la clientela de las entidades de crédito.